Dados do autor
Sua instituiçãoUniversidad Intercultural del Estado de Puebla (México) UIEP
País de origem do autorEspanha
Dados co-autor(es) [Máximo de 2 co-autores]
E-mailEmail escondido; Javascript é necessário.
Nome completoGabriel Francisco Barrera
Sua titulaçãoPós-Doutorado
TitulaçãoMestre
País de origem do co-autorMéxico
InstituiçãoInstituto Nacional de Antropología e Historia INAH
Proposta de Paper
Área Temática16. História
Grupo TemáticoTierra y poder. Instituciones, mediaciones y normatividades en la tenencia de la tierra en la América española y portuguesa (1600-1850)
TítuloLa praxis judicial de los procesos por despojo de tierras en Xilotepec (Nueva España)
Resumo

Esta comunicación presenta los hallazgos esenciales de un estudio de caso efectuado sobre un litigio de extensa duración en el Virreinato de Nueva España. Pretendemos demostrar, desde una perspectiva histórico-jurídica, la divergencia entre las prácticas reales del uso y explotación de la tierra y su regulación en el Derecho positivo. El casuismo y la discrecionalidad judicial son dos elementos fundamentales en las pesquisas concernientes a los pleitos desarrollados durante la Edad Moderna. No menor importancia tenían los mecanismos de solución extrajudicial, tales como la intervención de mediadores respetados por las partes enfrentadas. Por este motivo, mostraremos también su incidencia en el desarrollo del estudiado proceso civil.
La principal fuente primaria que ha sido analizada en este trabajo es un volumen custodiado en el Ramo de Tierras del Archivo General de la Nación (AGN), en Ciudad de México. Está constituido por una recopilación de documentos de los siglos XVI-XVIII, concernientes al despojo de tierras efectuado a los naturales otomíes por parte de los encomenderos -siglo XVI- y otros terratenientes españoles -en las centurias siguientes- en la región de Las Golondrinas. Este enclave está ubicado en el Valle de Alfajayucan (actual Estado de Hidalgo).
Muy probablemente los primeros castellanos que se asentaron en Alfajayucan fueron Hernán Pérez del Carrión y Juan Jerez. En efecto, recibieron una merced de tierras en 1542, en calidad de legítimos encomenderos. A su muerte, surgieron los desencuentros entre sus sucesores y los pobladores otomíes.
Los documentos examinados ofrecen información novedosa acerca de la compraventa de encomiendas, el cumplimiento de las disposiciones testamentarias y las interpretaciones de los jueces acerca de la legitimidad de los títulos concernientes a los usos del suelo. Este estudio de caso permite, al mismo tiempo, profundizar en los orígenes del empleo del concepto "ejido" en la susodicha área novohispana.

Palavras-chave
Palavras-chave
  • Alfajayucan
  • Ejido
  • Encomienda
  • Nueva España
  • Xilotepec